En Colombia la participación de la población en la vida pública está fundamentada en la Constitución Política 1991 desde su preámbulo e incluida en varios de sus artículos. Esta aparece como un derecho y un deber esencial del Estado Colombiano para que la ciudadanía participe en la toma de decisiones; la libre asociación; el control político; los mecanismos de participación; el Estado al servicio del interés general; la vigilancia y el control para la gestión pública, la división por comunas; la participación en el desarrollo local y la formación ciudadana, los cuales se consagra en los Artículos: 1 (Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general) y 43 (la mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades) entre otros.
Además de un compendio de leyes a favor de derechos de las mujeres, las cuales son: Ley 082/ 1993 (protege a la mujer jefa de hogar); Ley 248/1995 (aprueba la Convención Internacional para prevenir y sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer); Ley 294/ 1996 (desarrolla el Artículo 42 de la Constitución Política y se dictan normas para prevenir, remediar y sancionar la violencia intrafamiliar); Decreto 1276/1997 (promulga la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer); Ley 360/1997 (modifican algunas normas del título XI del Libro II del Decreto-Ley 100/1980); Código Penal (relativo a los delitos contra la libertad y pudor sexuales), y se adiciona el Artículo 417 del Decreto 2700/1991 (Código Procedimiento Penal) y se dictan otras disposiciones. Ley 575/2000 (reforma parcialmente la Ley 294/1996 y 599/2000, la violencia intrafamiliar y sexual); Ley 581/2000 (Ley de Cuota); Ley 1257/2008 (sensibilización, prevención y sanciona las formas de violencia y discriminación contra las mujeres) y la Ley 1413/2010 (reconoce el trabajo doméstico como parte del sistema económico del país).
Asimismo, el Acuerdo Nacional por la Equidad entre los géneros (2005), es un pacto para la inclusión efectiva y la integración en el debate político de las mujeres y la Política Nacional para la Equidad y la Participación de la Mujer. Esto tiene el propósito de incluirla en la toma de decisiones.
Por otra parte, las leyes específicas sobre el derecho a la participación son: Ley 11 de 1986 (dicta el estatuto básico de la administración municipal y se ordena la participación de la comunidad en el manejo de los asuntos locales); Ley 100 de 1993 (crea el sistema de seguridad social integral para que las personas y la comunidad para gozar de una calidad de vida); Ley 136 de 1994 (Nuevo Código de Régimen Municipal, Reglamentada por Artículo 77); Ley 152 de 1994 (Los Consejos Territoriales de Planeación Reglamentada por Artículo 340) y Ley 850 de 2003 (reglamentan las Veedurías Ciudadanas, como el mecanismo democrático de representación que le permite a la ciudadanía o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, entre otros.
La Constitución Política de 1991 establece que el Estado debe promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas a favor de grupos discriminados o marginados; y protegerá especialmente a las personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta.
Además, implanta que el Estado realice políticas de previsión, rehabilitación e integración social para las personas con algún tipo de limitación física, sensorial, psíquica u otra, a quienes se prestará la atención especializada que requieran para lograr su pleno desarrollo en el marco de los derechos humanos.
Estas responsabilidades del estado están consagradas en los siguientes artículos de la Constitución colombiana:
Leyes sobre la Inclusión: